Al igual que un contrato laboral, el alquiler de pisos e inmuebles también actualizan su cote cada año de acuerdo con la subida del IPC. Esta operación, que se hace para reflejar en el pago el aumento del coste de la vida. Desde que en el 2013, entrase en vigor la Ley de Arrendamientos Urbanos, hay algunas dudas respecto a la actualización de la renta de alquiler.
En cualquier caso, la fórmula más sencilla para calcular el IPC de los Alquileres es acudir a la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE), que además cuenta con apartado específico y una interesante utilidad para calcular la renta actualizada. El proceso es muy sencillo, basta con introducir el periodo y el importe del alquiler para que la herramienta obtenga la renta y la tasa de variación.
¿Cómo se calcula la actualización del alquiler?
Según esta calculadora una persona con un alquiler de 1.000 euros que tuviese que actualizado ahora en mayo debería pagar 998 euros, una tasa del -0,2%. Renta actualizada con el IPC General (sistema IPC base 2011) entre Mayo de 2014 y Mayo de 2015
Sin embargo, quienes deseen hacer este cálculo de forma manual sólo deberán seguir una simple fórmula:
- Cuota Alquiler Actualizada = Cuota Alquiler Inicial x ( 1 + IPC)
Utilizando esta misma fórmula para una persona con un alquiler de 1.000 euros al mes con el IPC actual de 4,5% la actualización sería la siguiente:
- Cuota de Alquiler Actualizada = 1000 x (1 – 0,002) = 998 euros.
Hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos la actualización del IPC del alquiler se realiza generalmente sobre la cantidad que se abona el año anterior. Así, para una persona que empieza pagando 1.000 euros y ahora tiene que pagar 998 euros, el tercer año la actualización se realizará sobre la base de esos 998 euros. A esta anualidad, se le aplica la variación que ha tenido el IPC durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la actualización. Es decir, no hay un mes concreto para la actualización, dependerá de cuando firmamos el contrato.
Además, conviene recordar que según la Ley de Arrendamientos Urbanos esta actualización del IPC del alquiler debe hacerse cuando cumpla un año del contrato y no cuando finaliza el año natural en curso. Independientemente de esto, tanto arrendatario como arrendador, tienen la libertad de establecer si aplican la actualización de rentas como si no. Pero esto solo ocurre en los contratos posteriores a 2013. En los anteriores, es obligatoria la actualización conforme al IPC general.
Buenas tardes,
Entonces un alquiler que hubiera vencido en Julio de 2008 se le aplicaría una subida del 5,3, por no tener la suerte de haber vencido en Diciembre 2008 que es un 1,4.
Es un poco injusto el sistema o yo no lo he entendido bien?
HOLA VICENTE,
Es tal y como lo indicas. Lo mismo ocurre en el caso de la revisión de las hipotecas.
estoy en un piso de alquiler desde 1 de noviembre y ahora en enero el arrendatario me esta diciendo que el IPC ha subido 1.4% y me cobra 5 euros de mas, esta bien esto? porque he averiguado que el IPC ha bajado al 0.8% como hago para calcular esto.
¿Cuanto tendria que pagar por una renta de 372 euros?
Esta bien que me cobre por el IPC ahora en enero si mi contrato se vence el 01 de noviembre del 2009?
HOLA JESUS,
El arrendatario NO PUEDE revisar el IPC ahora. Debe hacer cuando se cumpla un año de la firma del contrato.
Yo entre en un piso alquilado el 15 de diciembre y estamos ahora el dueño del piso y yo viendo cuanto tiene que ser la subida.
Los dos estamos de acuerdo en calcularlo y pagar atrasos por enero y la mitad de lo que salga de diciembre.
lo que no estamos de acuerdo es en la cantidad porque el, en la pagina del INE selecciona el mes de novimbre y yo pongo el mes de diciembre (la diferencia es del 1%).
Yo le he propuesto hacer una media de los dos meses pero no lo acepta.
Cual es el mes que se deberia poner en la pagina del INE para este calculo??
Muchas gracias de antemano
HOLA ANTONIO,
En principio y dado que el contrato se firmó en diciembre, lo lógico sería que figurase el IPC vigente ese mes (es decir, el de noviembre). Siento que en este caso no salgas ganando.
Soy Antonio, el de antes, no he especificado que me meti en el piso el 15 de diciembre de 2007 (por lo que ya ha pasado el año de alquiler).
Disculpen las faltas de acentos pero escribo desde un teclado anglosajon
hola tengo alquilado mi piso por 653,96 cuanto debo aplicarle el IPC para este año, pues el año pasado se le aplico el 4.3% confirmame si esto tambien esta bien y cuanto es para este año. gracias
HOLA ANGIE,
Si la actualización es de diciembre a diciembre deberías aplicar un 1,2%. En el apartado IPC-Quieres actualizar una renta de la página del INE puedes encontrar una calculadora en la que sólo tendrás que introducir los meses (de diciembre a diciembre) y la cantidad para saber cuánto tendrás que pagar este año.
Hola
Mi contrato de alquiler ha vencido en Enero y la casera me ha aplicado un 4,5 de subida porque dice que es la media de 2008. Pago 550 euros. Me han dicho que me tiene que aplicar el ipc de Enero que es un 0,8, Os agradeceria me aclaraseis este asunto y que renta tengo que pagar a partir de Enero de 2009, ya que no lo tengo claro. Muchas gracias. Un saludo
Hola
Mi pregunta es la siguiente, el contrato de alquiler comenzo 21/4/2008 ahora 21/4/2009 ara el año . La subida del IPC la calculo del mes de abril.
Gracias
HOLA JODIE,
Efectivamente, deberás actualizar el alquiler en abril con el IPC de ese mes.
Hola,
Alquilamos nuestro piso en julio del 2007, el contrato venció en julio de 2008 pero seguimos en el piso y ahora nos quieren subir el alquiler. ¿Cuál sería el IPC aplicable? ¿El de julio 2008 o el último que es el de diciembre 2008? ¿Realmente nos pueden subir el alquiler ahora?
Muchas gracias
HOLA ISABEL,
El IPC que deberías aplicar es del de julio, ya que las revisiones de los alquileres deben hacerse cada 12 meses en la fecha en la que se firmó el contrato. Respecto a la subida, no sólo puede hacerlo sino que además podría incluso solicitar el IPC atrasado de meses anteriores.
Hola a todos,
tengo una duda, entiendo que la subida del IPC se realice al finalizar un año de contrato, sin embargo, el casero (entramos en Octubre a vivir, y el contrato finaliza en Junio) incluyó una claúsula según la cúal, pagaríamos 1200 euros de renta de Octubre a Diciembre, y en Enero se aplicaría la subida del IPC.
Es un piso de estudiantes (por si es necesario) y nosotros firmamos la claúsula.
Tendría que actualizar el IPC de 2008, que es 1.4; sin embargo, quiere actualizar con estos datos:
Renta actualizada con el IPC General (sistema IPC base 2006)
entre Enero de 2007 y Enero de 2008
Renta Inicial 1.200,00 €
Renta Actualizada 1.251,60 €
Tasa de Variación 4,3 %
Es correcto?, gracias por todo.
Hola Alberto,
Si no lleváis un año en el piso el casero no puede actualizar la renta por muchas cláusulas que haya firmado. La Ley de Arrendamiento Urbano es muy clara:
Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la
primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
En cualquier caso, la tasa a aplicar nunca sería del 4,3%, sino del periodo citado entre octubre y diciembre o, en todo caso, de diciembre a diciembre, con lo que esta se quedaría en el 1,4%. Mi consejo es que busquéis asesoramiento profesional.
Buenas noches, mi pareja y yo firmamos el contrato de alquiler el día 5 de mayo de 2008 y nos toca la revisión de la subida del IPC pasado el año desde la firma del contrato, es decir, el 5 de mayo de 2009. Mi consulta y duda es; ¿que porcentaje de IPC tengo que aplicar para dicho cálculo; el de mayo de 2008 o mayo 2009?.
No entiendo muy bien cual de ellos tengo que aplicar ya que en la calculadora no consta el año en curso.
Les ruego si es posible me respondan a mi correo electrónico.
Me quedo pendiente de su pronta respuesta.
HOLA ROCÍO,
Cuando llegue el mes de mayo podrás saber la cantidad a pagar, ya que es en ese mes cuando deberás actualizar la renta del alquiler. No se puede calcular el aumento del IPC de mayo 2009 porque todavía se desconoce cuál será el dato.
Hola, esta mañana he estado en la oficina judicial y la abogada me ha dicho que ella ha ganado casos en los que la subida del alquiler se ha usado el ipc de alquileres y no el ipc general. No la creo, como los caseros sabian que tenia cita y esta cerca la agencia promotora me huelo que me estaba esperando para mentirme y hacerme desistir de denunciar porque me han clavado un 4.4% y me corresponde un 1.2% del mes de diciembre. Uso la calculadora y me sale lo mismo que haciendo la formula con los datos del I.N.E de ipc LAU, esta clarisimo pero si voy a juicio y encima pierdo, me corto las venas. Algun abogado se ofrece para defenderme.¿ A cuanto puede ascender las costas como maximo por un juicio como este?.
Yo pago un alquiler de 750€, y se me renueva contrato ahora en Marzo… ¿En cuanto se me quedaría la cuota? Viviendo en Madrid, ahora que hay impuesto de basuras, ¿el propietario me lo puede cobrar? GRACIAS
Hola: Tengo un piso alquilado en Madrid por 765,45 euros, el contrato se renueva el dia 1 de marzo; me gustaría saber qué subida le puedo aplicar, y como quedaría la renta una vez actualizada.
Hola: Tengo un piso alquilado en Madrid por 765,45 euros, el contrato se renueva el dia 1 de marzo; me gustaría saber qué subida le puedo aplicar, y como quedaría la renta una vez actualizada.
Hola
Me han hecho la revisión del alquiler con fecha de diciembre, pero el contrato se firmo en Febrero de 2008. Segun lo que leí me deberían hacer la subida con el ipc de febrero pero en la clausula 10 del contrato tengo que se tomará como referencia diciembre. en este caso es correcto qeue se aplique la revisión en diciembre si la ley dice que se hace al año de haberce firmado???
Saludos
Sergio
HOLA SERGIO,
Eso es un tema más legal que económico, pero en principio por mucho que hayas firmado esa cláusula, supongo que debería prevalecer lo que marca la ley
hola me gustaria saber si este año el ipc ha subido o se mantiene o si el gobierno ha dicho q este año 2009 no habra subida de ipc y q mas bien los alquileres deberian bajar por favor aclaradme esto a mi se me cumplio el contrato ahora en marzo y me han subido el alquiler decidme si esta bien pago 520 y ahora 543.00 gracias
Buenas tardes,
Vivo en un piso de alquiler desde el día 1 de noviembre del 2008, y en mi contrato pone lo siguiente:
«Si el contrato se prorrogase conforme a lo previsto n la cláusula 4ª de este documento(habla de que la duración será de un año, q se prorroga plazos anuales…) la renta se actualizará a primeros del siguiete año(Enero de cada año sucesivo) aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el índice general nacional del sistma de índices de precios de consumo(IPC) + un 2% adicional»
¿Es normal o correcto que el dueño me llame en Marzo de este año(4 meses después de entrar en el piso) y me diga que de acuerdo a esta cláusula el alquiler del piso, desde Enero, va a subir unos 23 euros con algo(pago650 actualmente), y que tengo que pagarle lo que debo desde enero, a pesar de que me llama en Marzo?
Muchísimas gracias!!!
HOLA MIRIAM,
No soy experto en temas legales, pero desde luego según esa cláusula no puede hacerlo, ya que todavía no ha pasado un año desde que entraste en el piso. Por otra parte, no estoy seguro de la legalidad de aplicarle un 2% adicional a la subida del IPC
El dueño del piso insiste en que su abogado le ha dicho que tiene derecho a cobrármelo porque empecé el contrato el año pasado, joder, no entiendo ésto! dónde puedo informarme??
Hola.
Quisiera saber si alguna clausula de un contrato de arrendamineto(Un piso urbano)
puede anular los plazos de la subida de IPC es decir si el propio contrato puede estipular a partir de que mes y que IPC se aplicara a la subida del importe del alquiler?
Muchas Gracias!!!
Hola :mi alquiler me tendria q subir el mes de abril pero como el propietario me deja a mi q lo revice por lo q sube el ipc ,anual este año me he liado un poco y no lo saco yo pago 655 euros el domingo lo mire y me ponia un ipc de -0,1% y ahora me pone el ipc a 0,7% por cual lo saco y como el propietario no quiere pagar gestor hay años q me sube menos y hay otros q me sube por lo q pone el ipc pero si al esposo le parece q fue poco arreglamos para el año siguiente.yo me gio por el ipc pero a el hay vece q no le cnvence,Cuanto me tendria q subir este año?
Mucahas Gracias mayo 5 2009
Buenos días!
Vivo en un piso alquilado a través de la Sociedad Publica de Alquiler, el 27 de abril de 2009 se cumplio un año de contrato y hoy 6 de mayo me pasan la mensualidad aplicando el IPC del mes de febrero cuando entiendo que es el de marzo que es el último publicado. LLamo a la SPA y me dicen que se aplica el de dos meses anteriores a la fecha de filanización del contrato, es correcto est?
En el contrato creo que pone que se actualizara con el ultimo ipc publicado.
Gracias de antemano.
Buenas tardes!tengo que revisar el contrato de alquiler ahora en junio con mi casera,mi actual contrato es de 1147 euros y me ha comentado mi casera que me sube a 1188 euros un 3.6% mas.yo no estoy muy seguro,¿es correcto esta subida? ¿no deberia de ser el ipc de mayo del 2009?
muchas gracias!!
HOLA AITOR,
Efectivamente, lo lógico es que la casera espere a conocer el IPC de mayo 2009. Además, en cualquier caso aunque tome como referencia el de abril no puede subir el alquier, ya que el IPC ha bajado y no subido en esos meses. El resultado según la calculadora del INE es que la nueva renta debería ser de 1.144,71 euros (-0,2%)
Buenas tardes,
Mi contrato de alquiler tiene fecha 1 de julio, por lo que entiendo que la revisión de la cuota tendría que haberse aplicado en el recibo de este mes y tomando como referencia el IPC de junio que es -1%. Es esto correcto?
Muchas gracias,
Arturo
HOLA ARTURO,
En principio así es.
A mí me toca actualizar la renta el mes de Junio, que según el cálculo del INE es de -1%, pero mi casero dice que hay que hacerlo por la «Rúbrica de Viviendas de Alquiler», que es del 3,2%, y la diferencia es enorme.
A qué debo atenerme?
Mil gracias,
Miguel.
hola, si llevo 2 años en un piso de alquiler, y nunca me han revalorizado la renta en funcion del ipc, ¿ahora pueden hacermelo con respecto a los dos años, o solo al ultimo?
y si el contrato comenzo en abril de 2008, el ipc a aplicar cual seria?
tengo un piso alquilado desde hace tres años. Enpezaron pagando 600 euros y ahora pagan 648. El 1 de septiembre se les revisa el contrato y no se como calcular la subida o bajada del alquiler. Gracias
HOLA CATI,
Para calcular el IPC de los Alquileres puedes recurrir a la página oficicial del INE y su calculadora de inflación según LAU : http://www.ine.es/daco/daco42/daco421/lau.htm
Tengo un apartamento alquilado en Torrevieja (alicante)por 400e/ mes que cumple el año el dia 1 de octubre ¿que subida de IPC me corresponde subir?.muchas gracias M.CARMEN
hola tengo que revisar el ipc del alquiler de mi vivienda en octubre de este año´pago 499 euros y me gustaria saber cuanto pasaria a pagar despues gracias
Hola!
Cómo se calcula el IPC de rubrica de vivenda en alquiler. No me refiero a como se aplica sobre mi tasa de alquiler si no qué factores intervienen para que suba o baje.
Un saludo y gracias
Hola, felicidades por la pagina….
Tengo varios pisos en alquiler y siempre subo el ipc en enero aunque haya pasado mas de un año desde que se formalizo el contrato…
Este año he visto que el ipc de diciembre 2009 bajo en las palmas un 0,3 (es por tanto -0,3). Nunca que yo recuerde habia salido negativo. Esto quiere decir que baja la renta que percibia por los pisos o por ley cuando es negativo se mantiene el anterior??
Gracias
HOLA ATACAYTE
La renta del alquiler debe actualizarse de acuerdo al IPC, incluso si este es negativo. Es decir, percibirás menos dinero por el alquiler.
Buenos días;
A ver si alguien seria tan amable de ayudarme:
Con fecha del 1 de febrero del 2007 hice contrato de alquiler a mi inquilina por un importe de 390 €.Al año del contrato(febrero 2008)no le apliqué el Ipc. En febrero del 2009 le aplico una subida de 15 € (hice un redondeo a la baja) según el índice del momento.Ahora,¿que IPC debo aplicarle y que cantidad resultante sería la que le tendría que cobrar??.Lo he intentado con la formula del ine pero no estoy seguro que ipc aplicar.
Agradeciendo de antemano la ayuda, le saludo atte.
Eduardo
Tengo una duda.
Si en el contrato de alquiler no dice nada sobre la revición anual por variación del IPC se sobreentiende que por defecto sí se aplica o todo lo contrario que no se aplica.
Es decir, todos los contratos de alquiler están sujetos a la variación de IPC o sólo aquellos en los que se consta textualmente dicho texto.
gracias
¿puedo cobrar el ipc atrasado por el alquiler de un local desde junio de 2007 hasta ahora?
hola en febrero de este año 2011 se me acabo el contrato entiendo q debe subir el arriendo porq ya paso un año pero quiero saber cuanto debe subir ya q me le subio 100.000 mil pesos al arriendo y me parece mucho gracias por su respuesta
Hola yo arriendo una propiedad en $181.980 y me sube anual segun IPC.cuanto tendria que pagar hoy.
Mi suvida es de junio a junio (anualmente)
gracias a quien responde
Hola! En un contrato de alquiler que comenzó el 1 de julio de 2010, debo aplicar la subida del IPC de junio según he entendido.
Esto hay que buscarlo poniendo el periodo: de junio 2010 a junio 2011?
Gracias!!
Mi pregunta es la siguiente, si el año cumplió en mayor de 2011 y le quiero subir el IPC ahora en Octubre, ¿Puedo? o me tengo que esperar hasta mayo de 2012.
Es decir el contrato inicial es de fecha Mayo-2010. Y no pensaba subirle el IPC, pero debido a los problemas que me están dando he decidido que sí se lo subo, puedo aunque hayan pasado ya unos meses del año?
Gracias
Hola¡¡ mi pregunta es la siguiente: tengo un alquiler de 550 euros, desde el 1-9-2010 al 30-6-2011. ahora voy a renovar el alquiler con las mismas fechas pero para este año y quiero saber si la tasa de variacion del ipc es a mi favor; vamos, que si estaria en mi derecho de pedir una reduccion de alquiler. un saludo y muchas gracias¡¡
HOLA CARLOS,
Entiendo que puedes subir el IPC, pero de Mayo a Mayo, no de mayo a octubre… El incremento de mayo a mayo ha sido del 3,5%
Tengo un local alquilado, la renta es de 750,OO, está alquilado el 1 de Octubre de 2010, en el contrato pone que se sube el alquiler al año vencido, pero no se como los tengo que calcular, si de Octubre de 2010 a Septiembre de 2011, ó solamente el ipc del 2010.
Gracias.
Hola una pregunta sobre un piso que se paga 500 eur,con la subida de ipc para enero del 2012,que proporción tendriá que pagar.
Hola,
Desde octubre de 2011 estoy esperando que mi casero me informe del último incremento del IPC (de septiembre 2010 a septiembre 2011), sin embargo no se ha puesto en contacto. Cuando lo haga, que no dudo que lo hará, ¿estaré obligado a abonarle los meses que tardó en avisarme con carácter retroactivo? ¿dice algo la LAU al respecto?
Gracias.
Hola Ruben,
En principio deberás abonar también el dinero que no se te ha cobrado por el incremento, aunque creo que la LAU no dice nada al respecto.
Gracias admin. La LAU habla de esto en el artículo 18 pero creo que deja bastante abierto a interpretaciones este punto. Yo busco una respuesta definitiva a esta pregunta y no la encuentro por ninguna parte. Me cuesta creer que se pueda responder desde distintos foros una cosa y la contraria. Ya sé que el Derecho no es una ciencia exacta, pero esto debería estar claro. O sí el arrandatario está obligado a pagar cuando el IPC es + (y viceversa) con carácter retroactivo al arrendador, o no. Te copio el texto del artículo para que sepamos todos de qué hablo:
Artículo 18. Actualización de la renta
1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.
3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al «Boletín Oficial» en que se haya publicado.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.
Buenos días, mi duda es si en el cálculo de las alteraciones de IPC para calcular la subida o bajada de renta de alquiler no se tiene en cuenta la comunidad o la ciudad de la vivienda (vivo en el centro de Madrid). Muchas gracias de antemano.